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REGISTRO TURÍSTICO

El Registro Turístico es la herramienta de gestión administrativa en la que se encuentran inscritas todas las personas naturales, jurídicas o comunidades que realicen cualquiera de las actividades turísticas; y, consiste en la inscripción del prestador de servicios turísticos, sea persona natural o jurídica, previo al inicio de actividades en el cual se establecerá la clasificación y categoría que le corresponda.

Para la obtención del Registro Turístico:

Presentar la solicitud de Registro Turístico adjuntando los requisitos de acuerdo con la actividad turística a desarrollarse.

La solicitud y requisitos podrán entregarse a través de correo electrónico dirigido a la Dirección de Calidad:

registroturistico@quito-turismo.gob.ec

Si es de su preferencia los interesados, podrán ingresar la documentación directamente en las ventanillas de atención al cliente de Quito Turismo.

Manual para el ingreso de documentación digital

VIGENCIA DEL REGISTRO TURÍSTICO: Vitalicio, siempre y cuando mantenga la información y condiciones en la que fue emitido el Registro Turístico.

Cualquier cambio o modificación de la información y condiciones en la que fue emitido el Registro Turístico, debe ser comunicado a la Empresa Metropolitana de Gestión de Destino Turístico en el plazo de 30 días de ocurrido el hecho, para lo cual deberá presentar la Solicitud para establecimientos turísticos: Actualización de Datos.

La modificación podrá ser por:

  • Recategorización para la actividad;
  • Cese de actividades;
  • Cambio de Representante Legal;
  • Cambio de Dirección;
  • Cambio de Registro de Patente (RAET);
  • Cambio de Nombre Comercial;
  • Incremento y disminución de la planta turística;

Nota:

Los documentos deben ser actualizados.

En caso de que el trámite lo realice una tercera persona adjuntar carta de autorización por el propietario o representante legal.

En las Zonas Especiales Turísticas de La Mariscal y Centro Histórico, los establecimientos Turísticos deberán cumplir con lo estipulado en la Resolución A015, se exceptuarán las actividades de Bares y Discotecas de cualquier categoría en la Zona Especial Turística del Centro Histórico.

Los establecimientos turísticos deberán cumplir con los anexos técnicos del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito y normativa turística emitida por el Ministerio de Turismo.

Para más información puede contactarse con la Ventanilla de Información de Quito Turismo al 2993300 ext. 1032 / 1003 /1035

FORMULARIOS:

SOLICITUD ACTUALIZACIÓN DE DATOS

SOLICITUD BAJA TASA DE TURISMO

FORMULARIO ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

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